El pasado 22 de mayo, el Juez en lo Contencioso Administrativo nro.1 de la
ciudad de La Plata ,
Luis Federico Arias condenó a la
Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de La Plata por el incumplimiento
de la Ley de
Promoción y Protección de los Derechos del Niño (13.298), ordenando que en “el plazo de seis meses procedan a
realizar todas las acciones necesarias para la implementación efectiva del
Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño”.
El amparo fue iniciado por distintas organizaciones
sociales que denunciaron el maltrato, la criminalización y la falta de trabajo
serio en relación a los/as chicos y chicas en situación de vulnerabilidad. Las
distintas organizaciones que forman parte desde el inicio de la Asamblea Permanente
por los Derechos del Niño denunciaron también el cierre de 20 hogares en
distintos puntos de la provincia de Buenos Aires, algo que dejó afuera del
sistema a más de 400 niños y niñas. A lo cual se suma el vaciamiento de las políticas públicas
de derechos humanos y la precarización laboral de los trabajadores de la niñez,
que por estos días se encuentran realizando diversas acciones de reclamo ante
los mismos organismos demandados.
En el fallo el Juez señaló que la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de La Plata no habían desarrollado
las acciones necesarias para el cumplimiento de Ley 13.298, comprometiendo de
ese modo los derechos fundamentales de los niños, y resaltó “escasa cantidad
de recursos, la precariedad de las intervenciones, la falta de protocolos de
actuación” que disponen las áreas de niñez.
En particular, estableció la creación de “uno o más Paradores con suficiente infraestructura
y personal idóneo para cubrir las necesidades básicas de alimento, higiene,
descanso, recreación y contención, de los niños, niñas y adolescentes que
requieran esta asistencia durante las veinticuatro horas del día, teniendo a
disposición un equipo interdisciplinario integrado, como mínimo, por
trabajadores sociales, psicólogos, abogados y médicos especialistas en clínica,
pediatría, toxicología y psiquiatría”.
Asimismo el magistrado dispuso la implementación de un “servicio de
atención telefónica destinado a
la recepción de denuncias vinculadas con la vulneración de derechos de los
niños”, y la “amplia
difusión en los medios de comunicación de los principios, derechos y garantías
de los niños”, para lo cual las Administraciones condenadas deberán afectar
un porcentaje no inferior al veinticinco por ciento de la publicidad oficial
para el cumplimiento de la sentencia.
Como consecuencia de la
pruebas producidas, el juez tuvo por acreditado que “la presente causa
refleja una tendencia a la construcción de políticas y programas centrada en la
esfera retórica, que se renueva con el cambio de cada gestión, y que luego no
tienen un impacto directo ni son capaces de transformar la vida de los niños
que habitan la calle en la
Ciudad de La
Plata. Todo lo dicho evidencia una imposibilidad absoluta de
elaborar políticas con criterios de integralidad, universalidad, e
interdependencia entre los diversos organismos, por lo que juzgo sobradamente
acreditado que en el ámbito de la
Ciudad de La
Plata no existen políticas eficaces de protección y promoción
de derechos para la niñez y la adolescencia”
En relación a la respuesta pública que la Municipalidad
realizó en los medios de comunicación, sostenemos que de ningún modo “el
municipio platense ha logrado e implementado un sinnúmero de servicios que
efectivamente se están cumpliendo".
Brevemente y en lo que refiere específicamente a la medida cautelar
incumplida: las instalaciones que dicha institución presenta como un parador no
cuentan con personal suficiente, ni con equipos de trabajo para la asistencia
terapéutica de las problemáticas que reciben diariamente, no prevé dispositivos
para trabajar adecuadamente con niños y niñas de diferentes edades y géneros.
Por otra parte continúa sin existir un servicio hospitalario específico para
abordar las problemáticas de esta población. Cabe destacar que el servicio
telefónico continúa sin funcionar las 24 hs. ni cuenta con personal preparado para la atención y
canalización de las denuncias recibidas por ese medio. Tampoco se cuenta con la
cantidad de Operadores de calle en número suficiente ni con las herramientas
adecuadas.
Además cabe destacar el desmantelamiento del cual están siendo objeto los
Servicios Locales de Protección de Derechos (unidad central en la facilitación
al acceso a programas y planes para aquellos niños/as que lo necesiten) y que
ha sido denunciado oportunamente por estas organizaciones. Lo que implica el
sostenimiento de Servicios sin equipo técnico capacitado y sin recursos.
Además hay que resaltar la situación de precariedad y vaciamiento en que se
hallan las políticas públicas provinciales y municipales para la niñez que ha sido denunciada en varias
oportunidades durante este año por organizaciones sociales, de derechos humanos
y de trabajadores. Sólo para citar algunos ejemplos nos remitimos a los
documentos realizados el 25 de abril y 17 de mayo del corriente, además de las
movilizaciones realizadas a los Ministerios de Desarrollo Social, Secretaría de
Niñez y la Municipalidad
en el mes de abril, las rondas realizadas por la Red de Hogares durante más de un mes en Plaza San
Martín y la movilización de trabajadores estatales que se realizará el próximo
8 de Junio, todas bajo el mismo reclamo.
Por último queda por agregar que por
incumplimiento de la medida cautelar y de la sentencia cabe una sanción penal.
Además se está llevando adelante una investigación por el delito de abandono de
persona e incumplimiento de los deberes de funcionario público en la UFI 8, de Investigaciones
de Delitos Complejos (IPP
nº 06-00-017503-09).
Por todo bregamos por la plena Implementación de la ley 13298 de Promoción y Protección de Derechos dela Niñez y el cumplimiento de
la sentencia de Juez Arias.
Por todo bregamos por la plena Implementación de la ley 13298 de Promoción y Protección de Derechos de
Contacto: Fernanda: 0221 - 15 5723362
Marcos: 0221 – 15 6034786
Asamblea Permanante de Los Derechos de
Programa
Asociación de
Personal con Funciones Jerárquicas de la Provincia de Buenos Aires; *Trabajadores y
Trabajadoras del Programa Envión con el apoyo de ATE;
Red de Hogares y
Centros de Días de la
Provincia de Buenos Aires (REDBA);
Hogar Don Bosco;
Hogar de la Madre Tres Veces
Admirable – Obra del Padre Cajade;
Revista La Pulseada ;
CTD - Anibal Verón;
Asamblea de Madres
de Puente de Fierro;
T;Acción Niñez-
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos La Plata
Olla Popular de
Plaza San Martín;
Coordinadora de
Organizaciones y Movimientos Populares de Argentina - COMPA (Colectivo
Garabatos, Frente Popular Darío Santillán, Atrapamuros: Colectivo de Educación
Popular en Cárceles);
Movimiento
Patriótico Revolucionario Quebracho;
Organización María
Claudia Falcone;
Murga Alegre
Rebelión;
Juegoteca Ambulante Caracol Bababundo;
Asociación Miguel Bru
Juegoteca Ambulante Caracol Bababundo;
Asociación Miguel Bru
Trabajadores
y Trabajadoras de la
Secretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Bueno Aires
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